Los documentos de certificación o certificados que elabora y entrega la Secretaría de Educación del Estado de Morelos a través de la Coordinación Estatal del Subsistema de Preparatoria Abierta son tres:
En virtud de ser documentos emitidos por la Secretaría de Educación Pública, tienen validez oficial ante todas las instituciones de nivel superior del Sistema Educativo Nacional.
El Certificado de Terminación de Estudios se expide en la Entidad donde el estudiante concluyó los estudios. En Morelos los certificados se expiden únicamente en: Coordinación Estatal del Subsistema de Preparatoria Abierta.
Nota: antes de tramitar tu certificado tienes que solicitar tu revisión del historial académico en ventanilla.
NOTA: Sólo un familiar directo (papá, mamá, hermano...) puede tramitar y recoger el certificado con carta poder en la que deben anexar las copias de las credenciales de elector de los testigos.
Los originales de los documentos, a excepción de la resolución de equivalencia de estudios de secundaria y/o de bachillerato o revalidación, se regresan al estudiante, una vez que se hayan cotejado con las copias. Las copias deberán ser firmadas y selladas por el personal que las recibe.
Se solicita para continuar sus estudios en otra entidad, si va a retirarse de Preparatoria Abierta y necesita un documento que avale los estudios realizados, o por algún otro motivo. Para este caso deberá presentar los requisitos señalados para el trámite de certificado de terminación, a excepción de la resolución de equivalencia y/o revalidación de estudios, cédula de datos de egreso.
Se solicita cuando al estudiante se le ha expedido un certificado y requiere otro, por lo que debe presentar la copia, por ambos lados, del que se emitió con anterioridad y solicitar la revisión de un historial académico. Para obtenerlo deberá presentar:
Realizar el pago por los derechos correspondientes, (El costo es $117.00) El pago de los servicios se debe realizar en línea https://www.pagos.hacienda.morelos.gob.mx, centros de cobro autorizados y módulos de atención de la Secretaría de Hacienda.
El tiempo límite de emisión del documento de certificación será de un máximo de 13 días hábiles para los certificados de terminación de estudios, 10 días hábiles para certificaciones parciales y 5 días para duplicados. En el caso de que el estudiante no presente todos los documentos establecidos como requisito, el tiempo de respuesta dependerá del grado de dificultad para la localización de los antecedentes; éste se entregará al estudiante que lo solicitó, mediante la presentación de su credencial y solicitud de servicios.
Cuando el estudiante no esté en posibilidades de recogerlo, se entregará a otra persona que presente poder notarial o carta poder firmada ante la autoridad responsable. Para ello deberá presentar:
Los Certificados de Terminación de Estudios que no sean recogidos por los interesados durante el periodo de vigencia, serán cancelados, por lo que se deberá realizar nuevamente el trámite, cuya fecha de expedición corresponderá a la última en que se recibió el trámite.
La primera calificación aprobatoria obtenida en cada asignatura / módulo, es la que se considera válida, y es la que se asienta como definitiva en el documento de certificación, excepto cuando exista una renuncia debidamente autorizada.
La asignatura de Principios de Química es la misma para las especialidades de Ciencias Administrativas y Sociales y Humanidades. La asignatura de Biología forma parte de las tres especialidades. Debido a ello, ambas deberán considerarse como equivalentes para fines de certificación parcial o de terminación de estudios y asentarse como calificación definitiva el primer resultado aprobatorio obtenido.
Las asignaturas de Física I y Química pueden considerarse equivalentes a Principios de Física y Principios de Química para las especialidades de Ciencias Administrativas y Sociales y Humanidades. Para la especialidad de Ciencias Físico-Matemáticas tendrá necesariamente que presentar Física I y Química.
Las fechas de acreditación de la última asignatura / módulo, así como la de emisión del certificado de terminación, se asignarán conforme a los calendarios establecidos y no se modificarán por ninguna causa.
Es responsabilidad total de los estudiantes su inscripción en las Instituciones de Educación Superior, sin haber concluido el ciclo de bachillerato. Por lo tanto no procederán solicitudes de aceleración de trámites de ningún tipo.