Secretaría de Desarrollo Agropecuario
Convocatorias
Agroecología en Morelos
Agroecología en Morelos
Descripción

El Programa contempla el otorgamiento de hasta 540 apoyos a personas físicas mayores de 18 años dedicadas a la producción agrícola, grupos de trabajo no formales integrados por al menos cinco personas y espacios de transición agroecológica conformados por un mínimo de quince productores o personas morales legalmente constituidas. Se dará prioridad a quienes habiten o cuenten con unidades productivas en Zonas de Atención Prioritaria y a integrantes de pueblos y comunidades indígenas, conforme a la normatividad aplicable, sujetos al cumplimiento de requisitos y disponibilidad presupuestal.

Cómo funciona

Artículo 9. Mecánica de acceso. Para el trámite del apoyo económico por persona

productora, se seguirá el siguiente procedimiento:

  1. Registro.
    1. Las Reglas de Operación del presente Programa, serán publicadas en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” y difundidas en la página oficial de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario del Poder Ejecutivo Estatal en https://www.morelos.gob.mx/campo y/o en https://www.morelos.gob.mx/, así como en los medios de difusión oficiales de la Secretaría, incluyendo sus redes sociales institucionales, manteniendo la difusión de manera permanente durante el periodo en que el  SIRE se encuentre abierto.
    2. A partir del día hábil siguiente de la publicación de las presentes Reglas de Operación, las personas solicitantes contarán con un plazo de 7 (siete) días hábiles para realizar su registro y adjuntar la documentación prevista en la fracción II del presente artículo, exclusivamente a través del Sistema de Información de Registro Electrónico (SIRE) en la siguiente liga de registro: https://sire.morelos.gob.mx/r/agroecologia-en-morelos-yysmhtvimu.
      El periodo de registro en el SIRE estará habilitado de las 08:00 a las 15:00 horas, durante el plazo establecido en el párrafo anterior.
      El SIRE solicitará datos de identificación y de contacto, los cuales deberán ser capturados de manera correcta y verídica; el número de teléfono y la dirección de correo electrónico por ser los medios oficiales de comunicación que utilizará la Secretaría de Desarrollo Agropecuario  a través de la URP;  deberán corresponder directamente a la persona solicitante, por conducto de su representante en caso de espacios de transición agroecológica, grupos de trabajo no formal (presidencia, secretaría o tesorería) de manera que cualquiera de la mesa directiva, pueda realizar el trámite a nombre del grupo. Para el caso de las Personas Morales por conducto de su representante legal. Asimismo, no se aceptará documentación por conducto de terceros, carta poder o cualquier medio distinto a los establecidos en las presentes Reglas de Operación.
    3. Para realizar el registro, es necesario contar con Llave MX, la cual podrá obtenerse en https://www.llave.gob.mx, utilizando la CURP; en caso de no contar con dicha herramienta, no será posible efectuar su registro en el SIRE. Las personas solicitantes que ya cuenten con Llave MX podrán iniciar el registro directamente.
    4. Se establecerá un Módulo de Atención Presencial durante el periodo de registro, en las oficinas de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, ubicadas en Av. Atlacomulco S/N, colonia Cantarranas, C.P. 62448 Cuernavaca, Morelos, de lunes a viernes, en un horario de 08:00 a 15:00 horas, con la finalidad de brindar orientación y acompañamiento a las personas solicitantes durante el periodo de registro; dicho módulo será exclusivamente para apoyo informativo y no sustituye el registro obligatorio en el SIRE.
    5. En caso de que la afluencia registrada durante el periodo de apertura del sistema no permita alcanzar la meta de atención establecida en el Programa, el periodo de registro podrá ampliarse de manera excepcional hasta por tres días hábiles más a los establecidos, con la finalidad de alcanzar la meta presupuestal Programada, lo cual será informado a través de los medios oficiales de la secretaria.
    6. El registro de solicitudes no genera derecho alguno a la aprobación ni al otorgamiento del apoyo, ya que la dictaminación de aprobación estará sujeta al cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes Reglas de Operación sin excepción alguna, a la suficiencia presupuestal que se encuentra asignada al Programa y al proceso de evaluación realizado por el Comité Dictaminador.
    7. El registro de las solicitudes de apoyo es totalmente gratuito.
    8. Una vez concluido el registro de la solicitud de apoyo, la persona solicitante deberá imprimir su acuse de registro, (pulsar el botón “Imprimir Acuse”), el cual contendrá la información capturada y el número de folio asignado, En caso de no completar el formulario de registro hasta la generación de dicho acuse, la información no se guardará y no se generará número de folio. A partir de la emisión del acuse, la información registrada no podrá ser modificada a menos que se le requiera alguna aclaración por parte de la URP, la cual será enviada al correo electrónico que se proporcionó al momento de su registro en SIRE, para que en un plazo de tres (3) días hábiles a partir de la notificación del correo solvente y adjunte lo faltante en el SIRE. No se permitirá más de un registro por solicitante, por lo que únicamente será válido el primer folio generado en el sistema.
    9. El folio asignado deberá conservarse, ya que será único e intransferible y permitirá dar seguimiento al proceso correspondiente.
    10. Para la atención de cualquier duda durante el periodo de registro relativo a la activación de la Llave Mx, las personas solicitantes podrán solicitar orientación y asesoría a través del número de teléfono (777) 3121636 ext. 139 y referente a la operación del Programa comunicarse al número (777) 312 16 82 ext. 118 y/o a través del correo electrónico institucional martha.leonidez@morelos.gob.mx de lunes a viernes, en un horario de 08:00 a 15:00 horas, correspondiente a la Dirección General de Agricultura y Agroecología.
  2. Requisitos. Las personas interesadas en participar deberán cumplir con la totalidad de los requisitos establecidos y cargar la documentación correspondiente en el SIRE, dentro de los plazos establecidos y conforme a los mecanismos determinados por la URP.
    1. Documentos: La documentación requerida deberá cargarse exclusivamente en el SIRE, en formato PDF, debidamente escaneada a partir del documento original y con una calidad que permita su lectura completa, clara y sin alteraciones. No se aceptarán fotografías ni archivos en formatos distintos al señalado.
      1. Requisitos generales:
        1. Identificación oficial vigente (INE, pasaporte, cartilla del SMN).
        2. Comprobante de domicilio que acredite su residencia en el Estado de Morelos, pudiendo consistir en recibo de agua, luz, teléfono, impuesto predial, servicio de cable, gas u otro servicio similar. El comprobante no necesariamente deberá estar a nombre de quien solicite el apoyo, pero sí debe de coincidir el domicilio.  En caso de no contar con alguno de los comprobantes señalados, podrá presentar constancia de residencia expedida por la autoridad municipal competente, en la que se señale el nombre completo, domicilio y fotografía de la persona solicitante. Documentales con antigüedad no mayor a tres meses.
        3. Clave Única de Registro de Población (CURP) no mayor a tres meses.
        4. Caratula del estado de cuenta bancario, a nombre de la persona productora solicitante, que muestre su cuenta y CLABE interbancaria, sin límite de depósito mensual, y que no sea cuenta de crédito ni de instituciones donde reciba apoyo de otros Programas sociales, ni los bancos que operan a través de plataformas digitales (no mayor a 3 meses de antigüedad).
        5. Documento que acredite la propiedad o posesión legítima del predio donde se aplicará el apoyo, pudiendo consistir en escritura pública, certificado parcelario, constancia de posesión ejidal o comunal, u otro documento que acredite la posesión legítima del predio, según corresponda. En caso de que el predio se encuentre en arrendamiento, deberá presentarse adicionalmente:
          1. Contrato de arrendamiento validado por el comité del comisariado ejidal (presidente, secretario y tesorero) y/o autoridad competente.
        6. Carta poder simple para la designación de persona sustituta, conforme a lo establecido en el inciso c) de la presente fracción , firmada del puño y letra por la persona solicitante ante dos testigos, anexando copia de la identificación oficial de la persona designada.
        7. Croquis de ubicación de la parcela.
      2. Si es persona física:
        1. Constancia de productor agrícola a nombre de la persona productora solicitante, en la que se indique que es productor agrícola especificando el cultivo, la superficie cultivada y la antigüedad en la actividad desempeñada, expedida por la autoridad municipal competente o por la autoridad ejidal o comunal correspondiente, tales como la Dirección de Desarrollo Agropecuario del municipio, el presidente del Comisariado Ejidal o presidente del Comisariado de Bienes Comunales.
      3. Si es espacio de Transición Agroecológica:
        1. Constancia de productor agrícola a nombre de la persona productora solicitante que acredite pertenecer a un espacio de transición agroecológica con producción agrícola en transición agroecológica, indicando un mínimo de quince (15) integrantes, número de hectáreas con manejo agroecológico, además de indicar municipios y localidades que participan, según sea el caso; expedida por la autoridad municipal competente o por la autoridad ejidal o comunal correspondiente tales como la Dirección de Desarrollo Agropecuario del municipio, el presidente del Comisariado Ejidal o presidente del Comisariado de Bienes Comunales.
        2. Documento en formato libre describiendo las prácticas agroecológicas que realizan, indicando el tipo de práctica, cuántas aplican, en qué superficie y cualquier otro dato que sirva para comprobar que están en transición o ya trabajan bajo un enfoque agroecológico, incluyendo fotografías y breve descripción. Bitácoras de la elaboración de bioinsumos y/o implementación de las practicas agroecológicas realizadas.
        3. Acta de espacio de transición agroecológica firmada por sus integrantes (mínimo 15), en la que se acredite su conformación y se designen sus representantes (presidencia, secretaría o tesorería), de manera que cualquiera de la mesa directiva, pueda realizar el trámite a nombre del grupo.
      4. Si es grupo de Trabajo No Formal:
        1. Constancia de productor agrícola a nombre de la persona productora solicitante que acredite realizar trabajo diferenciado en transición agroecológica, organizados en grupo de trabajo no formal integrado por un mínimo de cinco (5) integrantes, número de hectáreas con manejo agroecológico, además de indicar municipio y localidad, expedida por la autoridad municipal competente o por la autoridad ejidal o comunal correspondiente, tales como la Dirección de Desarrollo Agropecuario del municipio, el presidente del Comisariado Ejidal o presidente del Comisariado de Bienes Comunales.
        2. Documento en formato libre describiendo las prácticas agroecológicas que realizan, indicando el tipo de práctica, cuántas aplican, en qué superficie y cualquier otro dato que sirva para comprobar que están en transición o ya trabajan bajo un enfoque agroecológico.
        3. Acta firmada por sus integrantes (mínimo 5), en la que se acredite su conformación y se designen sus representantes (presidencia, secretaría o tesorería), de manera que cualquiera de la mesa directiva, pueda realizar el trámite a nombre del grupo.
      5. Si es Persona Moral:
        1. Constancia de productor agrícola a nombre de la persona productora solicitante que acredite su personalidad moral con producción agrícola en transición agroecológica, indicando un mínimo de cinco (5) integrantes, número de hectáreas con manejo agroecológico, además de indicar municipios y localidades que participan, según sea el caso; expedida por la autoridad municipal competente o por la autoridad ejidal o comunal correspondiente, tales como la Dirección de Desarrollo Agropecuario del municipio, el presidente del Comisariado Ejidal o presidente del Comisariado de Bienes Comunales.
        2. Documento en formato libre que se describan las prácticas agroecológicas que realizan, indicando el tipo de práctica, cuántas aplican, en qué superficie y cualquier otro dato que sirva para comprobar que están en transición o ya trabajan bajo un enfoque agroecológico, incluyendo fotografías y breve descripción. Así como Bitácoras de la elaboración de bioinsumos y/o implementación de las practicas agroecológicas realizadas.
        3. Acta constitutiva o testimonio notarial que acredite su existencia legal de la organización y la personalidad de que quien comparece en su representación tenga facultades expresas para representarla ante terceros.
    2. Adicionalmente para el caso del tipo de apoyo V. Apoyo económico para el establecimiento de biofábrica, para transición agroecológica, deberán presentar:
      1. En formato libre documentar que, en los últimos 2 años y en la actualidad reproducen y aplican por lo menos 10 microorganismos; que además incluya datos del proceso de producción, datos de alimentación de las cepas, bitácora de monitoreo de parámetros de calidad, resultados de análisis de laboratorio que considere UFC, % de actividad y/o taza de respiración (1 por cepa).
      2. Croquis y fotos de las instalaciones.
      3. Documentar que se cuenta con equipos básicos de medición, a través de fotografías y descripción de los equipos, que determinen: Oxigeno, Potencial Hidrogeno, Oxido Reducción Potencial, Conductividad Eléctrica y TDS
      4. Presentar CV del responsable o especialista que brinda acompañamiento técnico,  
      5. Bitácora de campo del proceso productivo donde se refleje la aplicación de dicha microbiología, en cualquier cultivo por lo menos durante 1 ciclo
      6. Informe de resultados (gráficas y cuadros) que reflejen el impacto en suelo o en el proceso de producción con el uso de esta microbiología.
      7. 1 video de hasta 5 minutos en las instalaciones de la biofábrica, explicando el proceso, beneficios y los resultados obtenidos
      8. Documentar con fotografías que se cuenta con instalaciones que contemplen por lo menos 100 metros cuadrados de espacio cerrado con piso y techo, bases para los 20 contenedores de mil litros,
      9. Documentación que demuestre que se cuenta con disponibilidad de agua e instalaciones eléctricas necesarias.
    3. Todas las personas solicitantes, sin importar el tipo de participación con el que se registren, deberán designar una persona sustituta, quien únicamente podrá dar seguimiento a los trámites del Programa en caso de fallecimiento de la persona solicitante con posterioridad a su registro. Dicha designación, no implica la transmisión automática del apoyo ni genera derecho alguno sobre el mismo, toda vez que cualquier determinación a la continuidad o cancelación del apoyo se realizará conforme a lo establecido en las presentes Reglas de Operación y a lo que determine el Comité Dictaminador.
    4. La URP será la encargada de verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes Reglas de Operación. Únicamente las solicitudes que acrediten el cumplimiento total de dichos requisitos serán admitidas y se les dará seguimiento mediante el número de folio asignado durante el registro. Posteriormente, la URP remitirá las solicitudes al Comité Dictaminador, conforme al procedimiento señalado en las presentes Reglas de Operación.

La persona solicitante deberá adjuntar en el SIRE la documentación general requerida, por las presentes Reglas de Operación, considerando el registro como completo únicamente cuando se hayan incorporado correctamente todos los documentos solicitados en la plataforma; asimismo, de manera excepcional, cuando la persona productora acredite dificultades para cargar algún documento en la plataforma digital, podrá presentar el documento faltante de forma física en las instalaciones de la Dirección General de Agricultura y Agroecología, para su integración al expediente correspondiente, a través del Módulo de Atención Presencial en el periodo de registro.

La recepción de documentos no genera derecho automático a la aprobación del apoyo, ya que la autorización dependerá del estricto cumplimiento de las Reglas de Operación, de la suficiencia presupuestal asignada al Programa para el ejercicio fiscal correspondiente y del resultado del proceso de evaluación realizado por el Comité Dictaminador.

En caso de que la documentación requerida no sea presentada, sea distinta a la solicitada, se encuentre incompleta, no contenga los datos de identificación de la persona solicitante o resulte ilegible, la solicitud se considerará improcedente, sin perjuicio de lo previsto en el procedimiento de dictaminación.

Artículo 8. Tipo de apoyo.

Los apoyos del Programa consisten en subsidios económicos, los cuales se otorgarán de acuerdo con los siguientes componentes:

Apoyo económico para la adquisición de materiales y equipo, para transición agroecológica.

  • Descripción: Apoyos económicos, por un monto de $25,000.00 (Veinticinco mil pesos 00/100 M.N.) por espacios de transición agroecológica, grupos de trabajo no formal y/o personas morales en transición agroecológica, para la adquisición de kits integrados por 10 tinacos de 450 litros destinados para almacenamiento de lixiviado y/o de bioinsumos y 1 bomba centrifuga periferia de 1 hp eléctrica, para su manejo.
  • Total de apoyos a otorgar: 5
  • Total del presupuesto designado: $125,000.00
  • Descripción: Apoyos económicos, por un monto de $25,500.00 (Veinticinco mil quinientos pesos 00/100 M.N.) por espacios de transición agroecológica,  grupos de trabajo no formal y/o personas morales en transición agroecológica, para la adquisición de, lienzo de geomembrana de 1 mm de espesor, color negro de polietileno de alta densidad, material para establecimiento de compostero de 12x5 metros (60 m2) y revestimiento de  una olla, con geomembrana para captación de lixiviado con capacidad de 25,000 litros y una moto bomba de gasolina, para recirculación, de 2 hp con salida de 1 pulgada.
  • Total de apoyos a otorgar: 40
  • Total del presupuesto designado: $1,020,000.00

Apoyo económico para la adquisición de equipo técnico de medición y diagnóstico de suelo, para transición agroecológica.

  • Descripción: Apoyos económicos, por un monto de $28,300.00 (Veintiocho mil trescientos pesos 00/100 M.N.) por espacios de transición agroecológica,  grupos de trabajo no formal y/o personas morales en transición agroecológica, para la adquisición de un combo que contenga 01 medidor de bolsillo para determinar pH/ORP/Temperatura, 01 medidor de bolsillo para determinar Conductividad Eléctrica, 01 medidor para determinar pH suelo, 01 termómetro para composta, 01 medidor analógico para compactación de suelo, 01 barrena  de 90 cm. para muestreo de suelo.
  • Total de apoyos a otorgar: 30
  • Total del presupuesto designado: $849,000.00

Apoyo económico para la adquisición de maquinaria agrícola menor, equipo especializado y sistema de riego.

  • Descripción: Apoyo económico, por un monto de $60,000.00 (Sesenta mil pesos 00/100 M.N.) por persona física con producción agrícola para la adquisición de un motocultor de 9 hp que permita una adecuada preparación de terreno y reducción del uso de herbicidas.
  • Total de apoyos a otorgar: 45
  • Total del presupuesto designado: $2,700,000.00
  • Descripción: Apoyo económico, por un monto de $13,000.00 (Trece mil pesos 00/100 M.N.) por persona física con producción agrícola para la adquisición de una parihuela de motor a gasolina de 7 hp a 4 tiempos, con bomba de bronce y pistones cerámicos.
  • Total de apoyos a otorgar: 50
  • Total del presupuesto designado: $650,000.00
  • Descripción: Apoyo económico, por un monto de $12,000.00 (Doce mil pesos 00/100 M.N.) persona física con producción agrícola para la adquisición de una desbrozadora motor a 2 tiempos a gasolina y cuchilla.
  • Total de apoyos a otorgar: 58
  • Total del presupuesto designado: $696,000.00
  • Descripción: Apoyo económico, por un monto de $40,000.00 (Cuarenta mil pesos 00/100 M.N.) persona física con producción agrícola para la adquisición de un sistema de riego para la tecnificación de 1 hectárea con producción agrícola.
  • Total de apoyos a otorgar: 49
  • Total del presupuesto designado: $1,960,000.00

Apoyo económico para la adquisición de germoplasma, para transición agroecológica.

  • Descripción: Apoyos económicos, por un monto de $12,000.00 (Doce mil pesos 00/100 M.N.) por espacios de transición agroecológica, grupos de trabajo no formal y/o personas morales en transición agroecológica, para la adquisición de un kit para el establecimiento de un huerto de traspatio, cada uno integrado por 50 sobres de semilla de hasta 25 gramos cada uno, de diez diferentes especies de hortalizas, 01 tinaco de 1,200 litros y 01 rollo de manguera de ¾ de pulgada. 01 bomba eléctrica de 1 h.p. salida ¾, 01 mochila aspersora manual, 05 tambos de plástico, e insumos agrícolas
  • Total de apoyos a otorgar: 100
  • Total del presupuesto designado: $1,200,000.00

Apoyo económico para la adquisición de material vegetativo.

  • Descripción: Apoyos económicos, por un monto de $18,643.00 (Dieciocho mil seiscientos cuarenta y tres pesos 00/100 M.N.) por persona física con producción agrícola, para la adquisición de un lote con 125 plantas (material vegetativo de limón, naranja, mango, higo o durazno), para coadyuvar a la renovación y/o establecimiento de huertas.
  • Total de apoyos a otorgar: 80
  • Total del presupuesto designado: $1,491,440.00

Apoyo económico para el establecimiento de biofábrica, para transición agroecológica.

  • Descripción: Apoyos económicos, por un monto de $200,000.00 (Doscientos mil pesos 00/100 M.N.) por espacios de transición agroecológica, grupos de trabajo no formal y/o personas morales en transición agroecológica para el establecimiento de una biofábrica para la producción de 20 microorganismos benéficos como fijadores, solubilizadores, entomopatógenos, descomponedores y bioremediadores.  20 contenedores de plástico grado alimenticio con capacidad de 200 litros, 1 compresor de 3 h.p., instalación hidráulica con 60 metros de tubo CPVC 1/2 pulgada alta presión, 40 llaves, 40 T's, 40 tuercas unión, 20 codos 90°, 1 litro de pegamento CPVC y termómetro ambiental, para la instalación de dicha biofábrica.
  • Total de apoyos a otorgar: 3
  • Total del presupuesto designado: $600,000.00

Apoyo económico para análisis de laboratorio para transición agroecológica.

  • Descripción: Apoyos económicos, por un monto de $2,417.85 (Dos mil cuatrocientos diecisiete pesos 85/100 M.N.) por espacios de transición agroecológica, grupo de trabajo no formal, y/o persona moral en transición agroecológica, destinados a la realización de análisis de laboratorio físico, químico y microbiológico, para la evaluación de bioinsumos agroecológicos.
  • Total de apoyos a otorgar: 50
  • Total del presupuesto designado: $120,892.50

Apoyo económico para insumos e ingredientes activos de especialidad para transición agroecológica.

  • Descripción: Apoyos económicos, por un monto de $18,000.00 (Dieciocho mil pesos 00/100 M.N.) por espacios de transición agroecológica, grupo de trabajo no formal y/o persona moral en transición agroecológica, para la adquisición de insumos e ingredientes activos de especialidad tales como ácido acetilsalicílico, prolina, ácido ortosilícico, aminoácidos, hidróxido de potasio e hidróxido de calcio, destinados a la elaboración y preparación de insumos agroecológicos y fórmulas de manejo nutricional y fitosanitario.
  • Total de apoyos a otorgar: 30
  • Total del presupuesto designado: $540,000.00
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Cuernavaca
Corporativos Arcos Cristal, "Plaza Cristal", Plan de Ayala número 825, Col. Teopanzolco, Cuernavaca, Morelos.
Horario de atención Lunes a viernes de 8:00 a 15:00 hrs
(777) 329 65 00
Reglas de operación
Registro SIRE
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El asesor jurídico deberá
1
Asistir y asesorar a la víctima desde el primer momento en que tenga contacto con la autoridad.
2
Representar integralmente a la víctima en todos los procedimientos y juicios, realizando las acciones legales y administrativas necesarias para su defensa.
3
Brindar a la víctima información y asesoría legal clara, accesible y oportuna en las materias que requiera, ya sean penal, civil, familiar, laboral, administrativa u otras necesarias.
4
Informar a la víctima sobre el alcance de las medidas de protección, ayuda, asistencia y reparación integral, y tramitarlas ante las autoridades cuando corresponda.
5
Dar seguimiento a las medidas necesarias para garantizar la integridad física, psicológica y psiquiátrica de las víctimas, así como su plena recuperación.
6
Informar y asesorar al entorno familiar o personas designadas por la víctima sobre los servicios estatales de ayuda, asistencia, asesoría legal y derechos establecidos en la ley y tratados internacionales
7
Llevar un registro puntual de las acciones realizadas y formar un expediente del caso.
8
Tramitar y entregar copias de su expediente a la víctima, en caso de que ésta las requiera.
9
Vigilar que el Ministerio Público garantice los derechos de las víctimas en todo el proceso penal y, si es necesario, suplir sus deficiencias ante la autoridad judicial conforme a la normativa vigente.
10
Las demás que se requieran para la defensa integral de los derechos de las víctimas.

Descripción

Es el mecanismo administrativo que soporta el proceso de ingreso y registro de las víctimas de delito y de violaciones de derechos humanos a nivel estatal.

El trámite para el ingreso al Registro Estatal de víctimas es GRATUITO y permite que las personas en situación de víctimas puedan tener acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral del Estado de Morelos, por Medidas de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral previstas en Ley de Víctimas del Estado de Morelos.

El Registro Estatal de Víctimas recabará e integrará su información de las siguientes fuentes:

1. Las solicitudes de inscripción al Registro Estatal de Víctimas hechas directamente por la víctima del delito o violaciones a los derechos humanos.

2. Las solicitudes de inscripción al Registro Estatal de Víctimas que presente cualquier autoridad Federal, Estatal o Municipal.

3. Los registros de víctimas existentes al momento de la entrada en vigor de la Ley, que se encuentren en cualquier institución o entidad del ámbito estatal, así como de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos (CDHEM), en donde se hayan dictado recomendaciones, medidas precautorias o se hayan celebrado acuerdos de conciliación.

Descripción

Con el objetivo de garantizar que todas las personas afectadas por delitos o violaciones a los derechos humanos puedan acceder a mecanismos de apoyo y protección, el proceso para el reconocimiento como víctima puede iniciarse a través de distintos canales. Estos mecanismos buscan ser inclusivos, accesibles y alineados con los lineamientos establecidos por la Comisión Ejecutiva Estatal.

El reconocimiento como víctima puede iniciarse

Con el objetivo de garantizar que todas las personas afectadas por delitos o violaciones a los derechos humanos puedan acceder a mecanismos de apoyo y protección, el proceso para el reconocimiento como víctima puede iniciarse a través de distintos canales. Estos mecanismos buscan ser inclusivos, accesibles y alineados con los lineamientos establecidos por la Comisión Ejecutiva Estatal.

  1. De forma directa por la persona en situación de víctima.
  2. A través de su representante, el cual deberá cumplir con los requisitos que al efecto establezca la Comisión Ejecutiva Estatal.
  3. Por cualquier servidor público, el cual deberá cumplir con los requisitos que al efecto establezca la Comisión Ejecutiva Estatal.

Descripción

Para iniciar el proceso de reconocimiento y acceder a los derechos y mecanismos de apoyo correspondientes, las personas en situación de víctima deben presentar una serie de documentos. Esta documentación permite verificar su identidad, situación legal y el contexto de la violación, conforme a los criterios establecidos por las autoridades competentes.

Documentación requerida

Para el ingreso al Registro Estatal de Víctimas, se requiere la siguiente documentación:

  • Calidad de víctima (original y copia).
  • Acta de nacimiento (original y copia).
  • CURP (original y copia).
  • Identificación oficial INE/IFE (original y copia).
  • Acta de defunción (en caso de tenerla, original y copia).
  • Declaración ante el Ministerio Público (en caso de tenerla, original y copia).
  • Sentencia (en caso de tenerla, original y copia).
  • Recomendación emitida por un organismo público de Derechos Humanos.

Descripción

El Formato Único de Declaración para la Incorporación al Registro Estatal de Víctimas (FUDI) es el medio para tramitar el ingreso de las personas en situación de víctima al Registro Estatal de Víctimas. La información contenida en el presente FUDI incluye datos personales sensibles por lo que éstos serán tratados como confidenciales de conformidad con lo dispuesto en la normatividad aplicable. La tramitación del FUDI es totalmente gratuita.

¿Qué es el Formato de Inscripción al Padrón de Representantes?

El Formato de Inscripción al Padrón de Representantes es el medio para tramitar la autorización, cambio o revocación de representantes de las víctimas.

¿Qué documentos necesito y cuáles deben ser sus características?

Para la inscripción como representante de víctimas ante la Comisión Ejecutiva Estatal se requerirá lo siguiente:

I
Formato debidamente requisitado, firmado o con huella digital en el caso que no sepa o no pueda firmar la víctima a representar.
II
Copia de acta de nacimiento, copia de identificación oficial vigente, y deberá contar con cédula de licenciado en derecho, con un mínimo de cinco años de experiencia en acompañamiento a víctimas comprobable.
III
Domicilio para oír y recibir notificaciones dentro del municipio de residencia de la Comisión Ejecutiva Estatal
IV
Número telefónico y, en su caso, correo electrónico que sirva para efectos de la fracción que antecede.
V
Las organizaciones de la sociedad civil (OSC) deben estar legalmente constituidas, contar con al menos cinco años de trabajo comprobable en favor de las víctimas y presentar un escrito firmado por su representante legal y la víctima.
VI
En casos de niñas, niños y adolescentes víctimas, el trámite debe realizarse por padres o tutores. Si no hay vínculo consanguíneo, se debe acreditar la representación legal y notificar a la Procuraduría de Protección, conforme a la ley.
VII
En los casos de personas en estado de interdicción, se deberá exhibir copia certificada de resolución emitida por Juez competente sobre dicha representación.
VIII
 Los demás que establezca el formato y la persona titular de la Comisión Ejecutiva Estatal.

El reconocimiento de la calidad de víctima tendrá como efecto

El Formato de Inscripción al Padrón de Representantes es el medio para tramitar la autorización, cambio o revocación de representantes de las víctimas.

I. Acceder a todos los derechos, garantías, acciones, mecanismos y procedimientos, en los términos de la Ley General de Víctimas, esta Ley y sus disposiciones reglamentarias.

II. Acceder a los recursos del Fondo y a la reparación integral, de conformidad con lo previsto en la presente Ley y en el Reglamento.

III. En el caso de lesiones graves, delitos contra la libertad psicosexual, violencia familiar, trata de personas, secuestro, tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes, desaparición, privación de la libertad y todos aquellos que impidan a la víctima por la naturaleza del daño atender adecuadamente la defensa de sus derechos; que el juez de la causa o la autoridad responsable del procedimiento, de inmediato, suspendan todos los juicios y procedimientos administrativos y detengan los plazos de prescripción y caducidad, así como todos los efectos que de éstos se deriven, en tanto su condición no sea superada, siempre que se justifique la imposibilidad de la víctima de ejercer adecuadamente sus derechos en dichos juicios y procedimientos.

Solicitud de inscripción

La solicitud de inscripción al Registro Estatal de Víctimas puede ser presentada por:

  • La víctima directamente
  • Un representante legal debidamente acreditado
  • Autoridades federales, estatales o municipales
  • Organizaciones de la sociedad civil en representación de la víctima

La solicitud debe contener la información completa requerida y estar acompañada de la documentación necesaria para su procesamiento.

Proporcionamos atención integral a través de programas, servicios, mecanismos y apoyos a las personas en situación de víctima de manera oportuna con relación al hecho victimizante.

Atención

Orientación y acompañamiento a las personas en situación víctima.

Asistencia

Programas y recursos para restablecer los derechos de las personas en situación de víctima y contribuir en su incorporación a la vida social.

Ayuda y Asistencia

Servicios y apoyos económicos que se brinda a la persona en situación de víctima de manera oportuna y rápida de acuerdo a las necesidades que tengan relación directa con el hecho víctimizante.

Medidas de Asistencia económicas y de desarrollo, consisten en canalización en:

  • Capacitación para el trabajo.
  • Fomento al empleo.
  • Trámites y servicio en materia de Registro Civil.
  • Proyectos productivos.
  • Programas sociales.

Medidas de Asistencia en materia de salud, canalización a instituciones públicas:

  • Salud mental (atención tanatológica/psicológica).
  • Atención psiquiátrica.
  • Atención médica.
  • Auxiliares auditivos, muletas, sillas de ruedas.
  • Rehabilitación física.

Medidas de Asistencia en materia de educación, canalización a instituciones públicas:

  • Preparatoria abierta.
  • Trámites escolares.
  • Educación para adultos.
  • Becas escolares.

Protección:


Cuando la víctima se encuentre amenazada en su integridad personal o en su vida o existan razones fundadas para pensar que estos derechos están en riesgo, en razón del delito o de la violación de derechos humanos sufridas las autoridades del orden estatal o municipal adoptarán con carácter inmediato, las medidas de protección que sean necesarias para evitar que la víctima sufra alguna lesión o daño.

Gastos funerarios

Se apoyarán a las víctimas indirectas por el fallecimiento de la víctima directa cuando la muerte sobrevenga como resultado del hecho victimizante, por homicidio, feminicidio o secuestro agravado, y éste se haya cometido en el Estado de Morelos.

Atención médica y psicológica

Se apoyarán a las víctimas indirectas por el fallecimiento de la víctima directa cuando la muerte sobrevenga como resultado del hecho victimizante, por homicidio, feminicidio o secuestro agravado, y éste se haya cometido en el Estado de Morelos.

Alojamiento, Alimentación y Abastecimientos

El alojamiento y la alimentación deben brindarse con seguridad y dignidad a víctimas vulnerables mediante el DIF y refugios. Si no hay espacios disponibles, la Comisión Ejecutiva Estatal podrá cubrir renta, servicios básicos, alimentos y productos esenciales.

Educación

Se busca garantizar el acceso y permanencia educativa de estudiantes víctimas, otorgando becas, uniformes y útiles escolares cuando no existan apoyos federales o estatales, conforme a lo informado por la Secretaría de Educación.

Transporte de emergencia

Se otorga apoyo para cubrir gastos de transporte cuando la víctima debe trasladarse a otro municipio para diligencias del caso o atención médica relacionada con el hecho victimizante, conforme a la normatividad aplicable.

Traslado

Este apoyo cubre gastos de transporte, hospedaje y alimentos cuando la víctima debe trasladarse, por vía terrestre o aérea, para denunciar, asistir a diligencias, solicitar medidas de protección, recibir atención médica especializada o realizar una mudanza justificada.

Búsqueda

La búsqueda tiene como objetivo localizar a la persona desaparecida mediante todas las acciones necesarias, con participación de las víctimas indirectas. Los gastos de búsqueda son cubiertos por el Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral.

Medidas de Satisfacción

Son las acciones que proporcionan bienestar y contribuyen a mitigar el daño de la víctima, aplica, para gastos derivados de actos que conmemoren el honor, la dignidad, el sufrimiento y la humanidad de las víctimas, tanto vivas como muertas.

Publicación de Edictos

Es la medida otorgada para solventar gastos de la citación del ausente y en su caso, iniciar la substanciación del juicio especial sobre declaración de ausencia o de muerte, con la finalidad de contribuir con el restablecimiento de los derechos de las víctimas y de las personas estrechamente vinculadas a ellas.

Procuración y Administración de Justicia

Esta medida proporciona recursos para gastos relacionados con el cumplimiento legal y la garantía de derechos de las víctimas, incluyendo trámites, exhumaciones, reinhumaciones y valoraciones médicas o psicológicas necesarias para su reparación integral.

¿Qué es la Reparación Integral?

Es el derecho de las personas en situación de víctima a ser reparadas de manera oportuna, plena, diferenciada, transformadora, integral y efectiva por el daño que han sufrido como consecuencia del hecho victimizante que las ha afectado.

La Reparación Integral tiene como principal objetivo propender por la reconstrucción del proyecto de vida de la víctima y su entorno familiar.

Plan individual de reparación integral

Es el documento que se realiza en concurrencia con las víctimas donde se determinan los derechos vulnerados, se identifican las necesidades y afectaciones de la víctima y se establecen las medidas necesarias que garantizan la reparación integral.

Restitución.

Medida que busca devolver a la víctima al estado anterior al hecho victimizante.

Rehabilitación.

Medida que facilitan hacer frente a los efectos sufridos por causa del hecho victimizante.

Compensación.

Medida que se otorga por los perjuicios, sufrimientos y perdidas económicamente evaluables por el hecho victimizante.

Satisfacción.

Medida de acceso a la justicia y la verdad de carácter público y simbólico que reconozcan y reestablezcan la dignidad de las víctimas.

No repetición.

Acciones para que las víctimas no vuelvan a ser objeto de delitos o violaciones a sus derechos humanos.

¿Qué es el Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral del Estado de Morelos?

Es el mecanismo financiero para el pago de las medidas de ayuda y asistencia y la reparación integral a las víctimas de delitos o de violaciones a derechos humanos, en términos del dictamen de resolución que para cada caso emita la Comisionada Ejecutiva de Atención y Reparación a Víctimas, de conformidad con la Ley de Víctimas, su Reglamento y demás disposiciones aplicables.

El Fondo se integra con

  • Recursos previstos expresamente para dicho fin en el Presupuesto de Egresos del Estado de Morelos en el rubro en un porcentaje no inferior al 0.14 por ciento del total de los mismos, sin que pueda disponerse de dichos recursos para un fin diverso, y sin que pueda ser disminuido.
  • El producto de la enajenación de los bienes que sean decomisados en los procedimientos penales, en la proporción que corresponda, una vez que se haya cubierto la compensación, en los términos establecidos en el Código Nacional o en la normativa aplicable. 
  • Recursos provenientes de las fianzas o garantías que se hagan efectivas cuando los procesados incumplan con las obligaciones impuestas por la autoridad, de conformidad con las reglas que rigen el Fondo Auxiliar para la Administración de Justicia del Estado de Morelos y la normativa aplicable.
  • El monto de las reparaciones del daño no reclamadas.
  • Las aportaciones que a este fin hagan en efectivo o en especie las personas físicas o morales de carácter público, privado o social nacionales o extranjeros de manera altruista.
  • Los rendimientos que generen los recursos que obren en el Fondo.
  • Los montos que se recuperen en virtud del derecho de repetición en los términos de la Ley de Víctimas del Estado de Morelos.

Las personas en situación de víctima que

  • Estén inscritas en el Registro Estatal de Víctimas
  • Que comprueben que las instituciones públicas no estuvieron en la posibilidad de otorgar esos servicios de manera gratuita.
  • Acrediten la repercusión del daño y necesidades para enfrentar las consecuencias del delito o de la violación a derechos humanos.
  •  Soliciten por escrito el reembolso de medidas de ayuda y asistencia, o la reparación integral.
  • En el caso de la reparación integral, quienes cuenten con una sentencia resolución firme emitida por:
    1. Un juez estatal, nacional o internacional.
    2. La Comisión Nacional o Estatal de Derechos Humanos.
    3. Un Organismo Internacional de Protección a los Derechos Humanos. 
    4. Cuenten con la constancia del agente del Ministerio Público que diga que las circunstancias de hecho hacen imposible la judicialización de la carpeta de investigación con o sin detenido.